Fondo de comercio

El fondo de comercio, constituye simplemente el establecimiento mercantil en su complejidad de local arrendado, clientela, mercaderías o existencias, con su conjunto de valores materiales en cuanto a éstas y menos ponderables, pero efectivo, en los otros aspectos.

Es un término contable y económico, definido por el Plan General de Contabilidad como el conjunto de elementos intangibles o inmateriales de la empresa que impliquen valor para ésta.

Lo forman, entre otros, la clientela, la razón social, la ubicación de la empresa.

El valor del mismo puede figurar en el balance únicamente cuando haya sido adquirido a terceros, no así si fue autogenerado. Debe amortizarse ejercicio a ejercicio, y ocupa una cuenta del grupo 2 (inmovilizado), subgrupo 21 (inmovilizado inmaterial), del Plan General de Contabilidad.